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Qué es el IBI de una casa

Qué es el IBI de una casa y quién lo paga

Actualidad Inmobiliaria·

12 de diciembre de 2022

·

Zazume

La propiedad de una vivienda conlleva una serie de responsabilidades, entre las que se incluye el abono de impuestos. Determinar qué es el IBI de una casa, cómo se calcula y quién debe pagarlo es importante de cara a la gestión de un inmueble, a continuación, analizamos todos los aspectos relativos al Impuesto de Bienes Inmuebles. 

Qué es el IBI de una casa

El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es un gravamen que hace referencia a bienes tangibles que no pueden moverse, sin que pierdan su naturaleza, por ejemplo una vivienda. 

El IBI es un impuesto de carácter municipal, por tanto, le corresponde a cada ayuntamiento su recaudación y el establecimiento de la tasa. 

La razón por la que se establece este impuesto es debido a los servicios que las corporaciones municipales aportan a los inmuebles. Desde que una propiedad se inscribe en la Dirección General del Catastro, comienza a recibir una serie de servicios y prestaciones que en su mayoría, provienen de los propios municipios, el IBI grava este tipo de equipamientos.

Cómo se calcula el IBI

El Impuesto de Bienes Inmuebles es un impuesto progresivo, por tanto varía en función de las condiciones de cada vivienda y municipio.

Los ayuntamientos tienen cierta libertad para establecer la cuantía del IBI, pero en su mayoría se establece una cuota íntegra, a la que se le puede restar una parte correspondiente a bonificaciones. 

Para calcular el IBI es necesario consultar el valor catastral y restar la reducción, que viene dado por un coeficiente reductor. Estos coeficientes son los siguientes en Madrid:

  • De naturaleza urbana: 0.510%
  • De naturaleza rústica: 0,567%.
  • De características especiales (BICES): 1,141%.

 

Por tanto, un inmueble urbano en Madrid obtiene la cuantía de su IBI de multiplicar su valor catastral por 0,051. Es importante saber que la instalación de equipos fotovoltaicos en inmuebles particulares permiten acogerse a reducciones del IBI que pueden llegar a ser de hasta el 50 %. 

Es importante señalar que cada ayuntamiento puede establecer un coeficiente propio, aunque en su mayoría, se sitúan entre el 0,4 % y el 1,3 %. Respecto al valor catastral, se corresponde al valor registrado de la vivienda, y se obtiene, entre otros factores, en base a la siguiente información:

  • La localización del inmueble.
  • El valor del suelo o del inmueble en el mercado actual.
  • Las características urbanísticas del suelo.
  • El coste material de las construcciones.
  • La antigüedad del edificio.

 

Por tanto, una vivienda con un valor superior va a pagar más IBI.

Cada cuánto tiempo se paga el IBI y quién debe abonarlo

El IBI es un impuesto de carácter anual, por tanto se liquida una vez al año y es la propia administración la encargada de avisar a cada titular y calcular la cuantía del impuesto. 

Existen dos formas de pagar el IBI, en el caso en el que el titular del inmueble haya optado por no domiciliar el IBI, la administración, en este caso el ayuntamiento correspondiente, se pone en contacto por carta con los dueños del inmueble, especificando la cuantía y los plazos del IBI anual. A partir del momento en el que se recibe el aviso, es posible realizar una transferencia en base a la cuantía que determina la administración. Si el pago fuera domiciliado, los propietarios también reciben un aviso pero el cobro se genera de forma automática.

Respecto a quién debe pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles, se trata de un impuesto que recae sobre las personas propietarias de una vivienda, y por tanto son los dueños quienes deben hacerse cargo del pago del IBI. 

A este respecto existe una excepción, y es que la Ley de Arrendamientos Urbanos permite cierta libertad a la hora de establecer quién debe hacerse cargo de los pagos. Si tanto inquilinos como dueños se ponen de acuerdo, pueden ser los inquilinos quienes deban abonar el IBI. Es legal cargar esta responsabilidad a las personas que residen en la vivienda, pero siempre debe ser de mutuo acuerdo y quedar reflejado en el contrato. 

¿Existen inmuebles exentos del pago del IBI?

No todas las propiedades en España deben pagar el IBI, estos son los edificios que están exentos. 

  • Inmuebles que son propiedad del Estado, de las Comunidades Autónomas o de entidades locales.
  • Edificios diplomáticos y organismos oficiales.
  • Bienes propiedad de la Iglesia católica y asociaciones no católicas reconocidas, como la Cruz Roja.
  • Terrenos ocupados por líneas de ferrocarril y edificios construidos en ellos.
  • Los declarados como monumentos que sean parte del Patrimonio Histórico Español.

 

En cualquier caso, la mayoría de las viviendas que se encuentran en España en régimen de alquiler sí que deben pagar IBI.

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